EL ESTATUTO DEL CÁÑAMO Y SOGUEROS DE CALATAYUD DE 1607

Francisco Tobajas Gallego

El 22 de enero de 1607 Gaspar de Sayas, Justicia y juez ordinario de la ciudad de Calatayud, el doctor Miguel Marta, Juan Antonio de Moros, Juan Lucas, Andrés Terrer y Francisco Vacarizo, vecinos de la ciudad y personas nombradas por el concejo el pasado día 20 de enero ante el notario Juan Miguel Tris, estatuían y ordenaban lo siguiente:

Como se cometían grandes fraudes en las ventas de los linos, cáñamos, sogas y cuerdas, dando una cosa por otra, en engaño del comprador, ordenaban que desde aquel día en adelante y perpetuamente, todas las personas que vendieran cáñamo en la ciudad o en sus barrios, ya fuera grueso o menudo, estaban obligadas a hacer y vender los legajos de cáñamo sin mezcla de estopa ni cáñamo negro, bien agramados y limpios de cañamizas, para que el comprador viera lo que compraba. El cáñamo rastrillado se vendería el padrón por padrón, siendo igual por dentro y por fuera, y el hijuelo se vendería como hijuelo, sin estopas.

Cordelero, del libro de los oficios de Konrad Mendel, Stadtbibliothek Nürnberg, Amb. 317.2ª, f. 16r.

El que contraviniera lo arriba dicho perdería el cáñamo, que se quemaría, e incurriría en una pena de 60 sueldos y tres días de cárcel por cada vez. La tercera parte de la pena sería para el Justicia y sus oficiales, otra parte para el hospital de Nuestra Señora de la Piedad y la otra tercera parte para el acusador.

Se añadía que de las estopas rastrilladas se acostumbraba sacar tres suertes. De la primera, del propio cerro, que era la mejor, ordenaban que se sacara conforme pedía el oficio. La segunda, que era de cabos, debía ser de la misma manera. Y la tercera, que era de las espalderas, se sacaría limpia y sin cañamizas, bien rastrillada y sin mezclar unas con otras. El rastrillador que contraviniera lo ordenado debía pagar el daño.

Como los sogueros vendían las sogas y cuerdas sin declarar de qué clase eran los cáñamos, ordenaban que los que vendieran sogas en la ciudad y en sus barrios, estaban obligados a vender las sogas decarro por lo que eran y las de estopa por estopa. También debían decir cuando las vendieran cuáles eran de padrón, cuáles de hijuelo y cuáles de estopa, para que el comprador supiera lo que adquiría. El que no cumpliera con lo estatuido, tendría una pena de 60 sueldos y tres días de cárcel, por cada vez.

Cada año el Justicia podía nombrar a dos veedores, llamados veedores de los cáñamos, personas entendidas en este ministerio, para que realizaran las visuras que se ofrecieran llevar a cabo sobre lo contenido en este Estatuto. El Justicia podría nombrar para cada visura a los veedores que le pareciera, sin atender a los que hubiera nombrado para todo el año, que debían jurar ante esta autoridad cumplir fielmente con su cometido. El oficio de veedores comenzaría cada año el 1 de enero, hasta el 31 de diciembre.

El justicia y los comisionados se reservaban un año para corregir o enmendar lo que les pareciera de este Estatuto. Como testigos firmaban Jerónimo Figuer y Matías Joannil, nuncios.

Monumento a los sogueros. Plaza del Olivo, Calatayud.

El 23 de enero, ante el notario Juan Miguel Tris y los testigos presentes, Jerónimo Figuer, nuncio de la corte del Justicia de la ciudad, señalaba que, públicamente, entre las diez y las once horas de la mañana, en la plaza de la ciudad y en el lugar acostumbrado, en voz alta y con trompetas, había pregonado este Estatuto de principio a fin.

El 4 de febrero se nombraban a los veedores. Para los cáñamos rastrillados se eligieron a Jerónimo de Losa, soguero, y Benito Mara, taleguero. Y para los cáñamos agramados a Jerónimo de Losa y a Martín Moros, labrador, con los salarios y derechos que señalaba el Estatuto de la ciudad. Los veedores aceptaron y juraron el cargo.

Aunque las Ordinaciones de la ciudad señalaban que se podía nombrar a seis nuncios, el 15 de junio de 1607 se acordaría que con menos se acudiría mejor a la Justicia, siendo hombres inteligentes y asignándoles algún salario, que entonces no percibían. Por tanto estatuían que el lugarteniente y el Justicia solamente tuvieran cuatro nuncios, con un salario anual de 120 sueldos cada uno. La mitad se pagaría para san Juan y la otra mitad para Navidad. Cada uno de los cuatro nuncios debía servir y acompañar diariamente al lugarteniente, repartiéndose entre semanas.

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EL PROYECTO DEL ARQUITECTO BILBILITANO JOSÉ MARÍA LAFUENTE VILLALBA PARA LA RESTAURACIÓN DE LA ERMITA DE SAN ROQUE DE SAVIÑÁN

Por Francisco Tobajas Gallego

En el acta municipal del 1 de agosto de 1931, el Ayuntamiento de Saviñán acordó invitar al pueblo, para que contribuyera con sus donativos a la reparación de la ermita de San Roque. El Noticiero de Zaragoza informaba el 21 de agosto de ese mismo año, que el Ayuntamiento de Saviñán había abierto una suscripción popular para recaudar fondos, con el fin de restaurar el estado ruinoso en que se encontraba la ermita de San Roque.

            En el acta del 8 de julio de 1940 se nombraban a los concejales Pascual Sanjuán Mené y Francisco Pina para que representaran al ayuntamiento, formando parte de una Comisión que, junto al párroco y a otras personas, vieran el modo de reunir recursos para la restauración de la ermita de San Roque. Esta nueva comisión debió dar el empuje definitivo para el comienzo de las obras.

            Gracias a Mariano Pina Crespo conozco el Proyecto de Reparación de la ermita de San Roque, con la Memoria, Mediciones, Presupuesto y Planos de aquellas obras, debidas al arquitecto bilbilitano José María Lafuente Villalba, además de un cuaderno manuscrito, dónde la Comisión de Obras iría apuntando, día a día, los gastos ocasionados, con los ingresos y donativos recogidos.

En la Memoria del arquitecto se decía que se observaban grandes grietas verticales en todos los muros de la ermita. Estas grietas eran debidas a que el material de los muros, de mampostería y ladrillo con mortero de cal, se había disgregado al estar a la intemperie. Debido al empuje de los arcos torales, los contrafuertes exteriores donde apoyaban se habían separado del muro, girando en la dirección del empuje, debido también a la mala unión de los materiales. Esto ocasionaba que las bóvedas y los arcos estuvieran agrietados en la clave, con inminente peligro de derrumbamiento. La cubierta de madera sobre las bóvedas también estaba en mal estado, agravando su deterioro. Añadía que, quizá ya en el siglo XIX, se había elevado la altura de las naves de la ermita y sobre el atrio se había añadido un cuerpo en toda su altura, para que sirviera de coro. Por ello se había abierto un gran arco en el antiguo muro que hacía de fachada principal, ocasionando grandes grietas en los arcos del atrio de la ermita.

            José María Lafuente describía en su Memoria las obras necesarias a llevar a cabo. Primeramente, se derribarían las bóvedas de la nave central, excepto la del presbiterio y la cúpula sobre pechinas del crucero, que estaban en buen estado. Para evitar el empuje de las bóvedas y de los arcos, se haría una cadena corrida de hormigón armado en todos los muros, a la altura del apoyo de las bóvedas, para absorber dicho empuje. Los arcos torales se atirantarían por medio de dos varillas de veinte milímetros, ancladas convenientemente en la cadena de hormigón. Las bóvedas se reharían con dos roscas de ladrillo macizo y los arcos torales de un pie y medio de espesor. Se derribaría por completo el cuerpo de la entrada, dejando la nave principal como antaño, rehaciendo solamente el atrio de una sola altura. La cubierta se haría toda nueva, con armadura de madera y cubeta de teja árabe a torta y lomo sobre cañizos. Las grietas de los muros se rellenarían, sujetándose con llaves de ladrillo, de cuarenta centímetros de altura, por un metro de anchura, separadas entre sí por alturas de metro y medio. Los muros interiores se pintarían a la cal, los exteriores se jaharrarían y se estucarían a la cal. El suelo de la ermita se embaldosaría con baldosa hidráulica y el atrio con baldosín estriado. El presupuesto, con la carpintería y cristalería, ascendía a 97 202’80 pesetas, a las que había que añadir los honorarios del arquitecto y del aparejador, resultando un total de 102 257’34 pesetas. Este proyecto lo firmaba el arquitecto en Calatayud en abril de 1943, siendo visado en el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón y Rioja el 2 de junio siguiente.

            Los gastos aparecen anotados desde abril de 1942 en este cuaderno manuscrito, recogiendo los portes y acarreos de la madera, cañizos, clavos, trócolas, yeso, cemento, picos y cubos. Los jornales se anotaban por semanas. El arreglo del campanillo ascendió a 200 pesetas y el perro del santo costó 90 pesetas. Hasta el año 1951 los gastos registrados ascendieron a 155 220’75 pesetas.

            Entre los ingresos se recoge que en marzo de 1942 el párroco había entregado 250 pesetas del teatro. El 20 de abril se anotaban 660’15 pesetas de la suscripción vieja. En mayo de 1942 se rifaría una maqueta del Pilar. En el acta municipal del 6 de abril de 1942 se apuntaba que se enajenarían los bienes de valor propios de la ermita, en caso de ser necesarios para su restauración. Asimismo, se acordaría que el ayuntamiento nombrara el día del Corpus a la comisión encargada de organizar las fiestas de san Roque, para evitar que sucediera lo de años precedentes.

El 30 de agosto de 1943 hay anotadas 6000 pesetas de la venta de las Marías y el 12 de febrero de 1944 se vendería un retablo que no se detalla por 10 000 pesetas. El 31 de julio de 1944 se anotaban 500 pesetas del sobrante del peirón de la Virgen del Pilar. En 1946 se sortearía una radio. En 1947 se consignaba la venta de fotografías por Tomás Asensio, de fotografías de san Roque y de programas, con sus correspondientes anuncios. También se hacían participaciones de lotería de Navidad y se vendían las maderas viejas, la palomina y los materiales sobrantes.

La lista que aparece de donantes es interminable. Todos los vecinos entregaron alguna cantidad, en medida a sus posibilidades. Tampoco faltó con su apoyo el ayuntamiento, el obispo de Tarazona, el gobernador y hasta el paisano Álvarez, desde Buenos Aires. Resulta emocionante encontrar donaciones de 500, 1000, 3000, 5000 y hasta de 10 000 pesetas, con otras de 5, 3 y 1 peseta. Los ingresos consignados hasta diciembre de 1951 ascendieron a 155 324’50 pesetas.

            En 1947, a instancias del párroco y de varios devotos de san Roque, se reorganizaría la cofradía con la finalidad de asegurar los actos religiosos tradicionales, dejando que la Comisión de Fiestas organizara y costeara los actos profanos. Los cofrades debían celebrar y costear las fiestas de los días 15, día de la Virgen, 16, día de san Roque, y 17, dedicado a los cofrades difuntos. Tras la misa del día 17, se celebraría una reunión en la sacristía, para distribuir los cargos para el año siguiente y pagar la cuota correspondiente para costear los gastos religiosos. Como Pascual Sanjuán Mené había sido alma de las obras de la ermita, se acordaría que fuera él el prior de ese año de 1947, como premio a su larga labor. Como abanderado fue elegido Jesús Gimeno Sanjuán, ocupando el resto de los cargos las personas que seguían a éste en la lista general que no conocemos. Los gastos ascendieron aquel año a 805 pesetas. Fueron ocasionados por el pan bendito, los tres sermones, los viajes y el hospedaje del predicador, el gasto de luz y las bombillas, la novena y las fiestas de la Virgen, de san Roque y de difuntos.

            Para las fiestas de san Roque de 1947 se editaría un programa. En él la Comisión de Obras informaba que todavía quedaba por tapar y colocar crucetas en las grietas de los muros exteriores, y recoger las boca tejas de los aleros. Por ello no había sido posible presentar un balance de cuentas. Según la comisión, la obra había pasado por muchas vicisitudes, defecciones, crisis, penuria, cuando no carencia total de materiales, precios altísimos, escasez de medios constructivos, etc., etc., pero todo se ha ido salvando, gracias a los ingresos que con toda oportunidad iban surgiendo; a la reconocida competencia de los señores arquitecto y aparejador de la obra, D. José Mª Lafuente y D. Bienvenido Daina, sin olvidar al maestro albañil Pedro de la Concepción, decorador don Manuel Pericás y demás artistas, encargado Juan Lacruz y humildes obreros que en la misma han intervenido, a todos nuestro agradecimiento. También le dedicaban un recuerdo a Nicolás Villalba, miembro de la comisión, que no había podido ver la obra terminada.

Fotografía de Francisco Tobajas

            La Banda de Música de La Almunia, con el maestro Gimeno, llegaría el día 14, entrando en el pueblo a los acordes del pasodoble Sabiñán,del maestro Marquina. El día 15 se celebraría procesión y misa, con sermón del capuchino Gregorio de Abaszuza. Por la tarde habría vísperas y completas en la ermita de San Roque, tras veinte años cerrada por estado de ruina. El día de san Roque se celebraría misa en la ermita, a la que se invitaría a Alfredo Sarto, principal donante de las obras, al arquitecto y al aparejador. Aquel año se instauraría la costumbre de llevar la reliquia a los cofrades enfermos. Habría también carreras pedestres y de bicicletas, bailes, encierros de vaquillas y un cuadro de cantadores y bailadores de jota, dirigidos por Matías Maluenda, que había conseguido el primer premio en el Certamen Oficial de Jota de 1946, a los que seguiría una ronda.

Fotografía Familia Pina-Gracián

            El prior escribía en el programa una bella y emotiva ofrenda a san Roque: Con todos mis respetos y todos mis amores/ mis esperanzas todas y toda mi humildad./ de rodillas me tienes, ¡Oh, glorioso San Roque!/ valedor del que sufre, curador de su mal./ No vengo a suplicarte prebendas ni favores,/ ni aquello que a tus ojos pudiera merecer./ Pues aunque muchos vean la ocasión de pedirte/ yo creo que aun estamos en hora de ofrecer./ Vengo pues a ofrendarte de mi vida cansada/ lo mejor que aún le quede de entusiasmo y fervor./ Y a tus pies peregrinos, buscadores de males/ humilla mi trabajo, mi desvelo y honor./ No mires el ropaje de estas pobres endechas/ que brotan de mi pecho sentidas como ves./ Yo sé que lo que pide quien va peor vestido/ está siempre más cerca de que tú se lo des./ Y porque se buen Santo que no sabes de olvidos/ y quieres que este pueblo sea tuyo otra vez…,/ Tan sólo esto te pido. Que veles por tus hijos./ Restaura sus costumbres y acrecienta su fe.

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REFORMA DE LAS ORDENANZAS DE LA COFRADÍAS DE LOS SOGUEROS Y ALPARGATEROS DE CALATAYUD EN 1717

Por Francisco Tobajas Gallego

            El 6 de abril de 1717 y ante el notario bilbilitano Juan Antonio de Rada, los cofrades de la Cofradía de San Pascual Bailón, instituida en la iglesia de San Francisco de Calatayud, señalaron al alcalde mayor y regidores de la ciudad, que en su oficio era peculiar el uso del rastrillo, que utilizaban también talegueros y alpargateros. De un tiempo a esta parte, se había dejado entrar a la ciudad cáñamo rastrillado por forasteros.También algunos vecinos, que no eran maestros, compraban cáñamo en rama que, una vez rastrillado, lo vendían en su perjuicio. Por esta razón pedían que se prohibiera rastrillar cáñamo a los que no fueran maestros. A los vecinos les estaría permitido rastrillar hasta 10 arrobas de cáñamo en rama por año, para uso de su casa y familia. También pedían que los aprendices de este oficio, cumplieran cinco años con maestros examinadores de la ciudad, otorgando testimonio y juramento.

Fotografía: Gonzalo de Repáraz Ruiz. ICGC

            Por estas razones expuestas, los regidores estatuyeron que ningún forastero podría entrar ni vender cáñamo rastrillado, que no fuera en el Peso Real de la ciudad, pidiendo para ello licencia al regidor del mes, bajo una pena de 60 sueldos.

            Añadieron que ningún vecino podría rastrillar cáñamo en rama, con pena de 60 sueldos. Solamente podrían hacerlo hasta 10 arrobas al año, con la misma pena. No sería admitido en la cofradía nadie que no hubiera cumplido cinco años de aprendiz, con juramento.

            Las piezas trabajadas serían de las especies, medidas y calidades siguientes: Las sogas de carro serían de 16 hilos, así recias como delgadas, y de 16 brazadas de largo, que comprendían 32 varas. El cordel valenciano sería de cáñamo rastrillado y llevaría 6 hilos. Cada mazo debía tener 14 varas de largo. Las sogas de cama y de acarrear, tendrían 40 varas de largo y debían llevar 12 hilos. El hilo para colchones sería de cáñamo rastrillado y cada mazo llevaría, después de rematado, 16 varas. Las trilladeras sueltas de dos piernas habían de ser de hilo, de trama y urdimbre, y de 5 cuartas de largo, bien hechas y rematadas. El cordel común o basto debía ser de tres hilos y cada mazo sería de 16 varas de largo. Las cinchas pegadas serían de cáñamo rastrillado, urdidas y tramadas con hilo doble, de 5 palmos de largo. Las cinchas maestras serían de cáñamo rastrillado, de 7 cuartas de largo. Las juñideras serían de 2 varas y media de largo. Los atarriones de jalma tendrían 5 cuartas de largo, de pinta a pinta. Los atarres de morlas serían de 5 cuartas de largo, el tarre mediano de 1 vara y el tarre pequeño de 3 cuartas, fueran dobles o sencillas. Los dobles serían de cáñamo rastrillado. Las jatinas serían de 5 cuartas de largo, urdidas y tramadas con hilo doble de cáñamo rastrillado. Los trascales tendrían 5 varas de largo.

            El cáñamo rastrillado se había de rematar bien espadado y bien calado de rastrillo, sin mezcla de color ni diferencia de otro cáñamo. Debía venderse separado el padrón del hijuelo y el hijuelo del padrón. Las corriagas serían de cáñamo rastrillado y, después de rematadas, debían de tener 5 cuartas de largo. Las cinchas ordinarias sencillas habían de ser de hilo sencillo, tramadas con estopa, teniendo de largo 3 cuartas y media de largo. Las de sobre carga debían tener una vara de tejido a tejido, siendo de de hilo doble, de cáñamo rastrillado. La cincha doble debía ser de hilo doble y de la medida de la sencilla, que era de 3 cuartas y media. Las sogas comunes serían de 12 hilos cogidos a lo largo, teniendo 9 varas de largo. Los lazos o cabos de moro debían de ser de 8 hilos y de 6 varas de largo. Los cabestros habían de ser de 12 hilos y de 3 varas y media de largo.

Las cinchas de jalmas serían de trama y urdimbre de hilo doble de cáñamo rastrillado, teniendo de pezuelo a pezuelo 7 cuartas, bien acabadas y rematadas. Las cabezadas de mulas serían de hilo de trama y urdimbre de cáñamo rastrillado, teniendo de largo, de pinta a pinta, 1 vara y media cuarta. Las cabezadas de borrico serían de hilo doble, de trama y urdimbre de cáñamo rastrillado, teniendo de pinta a pinta 1vara. Los collarillos serían de hilo doble de cáñamo rastrillado. De pezuelo a pezuelo tendrían 1 vara de largo. Los collares grandes serían de hilo doble de cáñamo rastrillado, teniendo de pinta a pinta 1 vara de largo. Los cabos de cincha serían de 8 hilos y de 3 varas y media de largo. Los tirantes y cejadores de coche serían de cáñamo rastrillado y de 5 varas y media de largo.

            Todos estos géneros y especies de piezas citadas en esta ordenanza, debían ser trabajadas por el oficio de sogueros, gremio y Cofradía de San Pascual Bailón, con las calidades y medidas señaladas, bajo pena de 60 sueldos para cada una de ellas.

            El 10 de abril de 1717, reunidos: Pedro Manuel González de Cortes, alcalde mayor, Juan Bautista Ramiro, José de Aniñón y Funes, Francisco Aniñón y Marta, José Aparicio, Jorge Martínez Aragón, José de la Jorga, Fernando Navarro de Antillón e Iñigo Fernández de Moros, daban cuenta que la Cofradía de San Buenaventura, fundada en la iglesia de San Francisco, del gremio de alpargateros, señalaba que la ordenanza que había hecho la ciudad a la cofradía el 7 de marzo de 1622, ante el notario Miguel de Ciria, ordenaba que cualquier forastero o extranjero de la ciudad podía vender cualquier género de alpargatas, que fueran conformes en la especie, calidad y ley que prescribían las ordinaciones de este gremio. Antes de su venta, debían ser reconocidas por veedores de este oficio de alpargateros, imponiéndose una pena de 60 sueldos al que no lo cumpliera. La ciudad había otorgado a la cofradía otra ordenanza el 16 de junio de 1665, ante el notario Diego de la Cal, enmendando la de 1622. Entonces se estatuyó que ninguna persona forastera ni extranjera, pudiera entrar ni vender en la ciudad ningún género de alpargatas, con pena de 60 sueldos.

Fotografía: Otto Wunderlich. Archivo Wunderlich, IPCE, Ministerio de Cultura y Deporte

            Esta ordinación no prohibía la entrada y venta de las alpargatas que se fabricaban en la ciudad, en el reino de Valencia, y en la ciudad de Teruel, pero con la obligación de que, antes de venderse en la ciudad de Calatayud, los veedores de la cofradía las reconocieran y aprobaran, como constaba en esta ordenanza reformada en 1665, por haber crecido considerablemente el número de alpargateros.

            En aquel año de 1717, el número de cofrades y maestros se había doblado, respecto al año de 1665. Entonces se había permitido la entrada y venta en la ciudad de Calatayud de las alpargatas fabricadas en Valencia y Teruel, pues en aquel tiempo había menos maestros en la ciudad. Pero como las alpargatas que entraban de Valencia y Teruel no eran de estos lugares, sino de otros pueblos convecinos, los alpargateros bilbilitanos consideraban que se les estaba haciendo fraude a su gremio. Por ello confesaban que se encontraban en la difícil situación de no poder vender sus mercancías. En las ordenanzas tampoco se especificaba el tiempo que los aprendices debían aprender su oficio. Por todo ello la cofradía pedía a la ciudad unas nuevas ordenanzas, que corrigieran y repararan lo antes expuesto. Viendo que los motivos eran verdaderos, los regidores de la ciudad enmendaron esta parte de las ordenanzas.

            Por ello estatuyeron que, desde aquel mismo día en adelante, se prohibía la venta de todo género de alpargatas, aunque fueran fabricadas en la ciudad de Valencia, Teruel y en otros lugares y villas de España, con pena de 60 sueldos, que se repartirían entre los regidores, la cofradía y el acusador. Los regidores asignarían a los maestros los precios de venta, según coste de materiales, apenando a los maestros examinados el aumento de precio. También señalaron que ninguna persona natural, vecino de Calatayud o forastero, podía ser admitido en la cofradía ni en este oficio, si haber aprendido el oficio con un maestro de esta ciudad, o de otra donde hubiera gremio de alpargateros, por un tiempo de cinco años continuos, mediante relación y juramento. El resto de las ordenanzas quedaron en todo su valor.

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CESE DEL PRESIDENTE DEL CEB: JESÚS GIL ALEJANDRE

De acuerdo con lo establecido en el Estatuto del CEB, Jesús Gil Alejandre ha presentado su cese como presidente, con fecha de 26 de abril de 2026, al haber transcurrido cinco años desde su elección en 2021.

A partir del lunes, 27 de abril, y siguiendo el protocolo establecido en el Estatuto del CEB en su anexo I, se hace cargo de la dirección del mismo una comisión gestora, que estará formada por los actuales miembros de la comisión permanente, coordinada por su secretaria, María Jesús Sánchez Gormaz y se convocan nuevas elecciones, siguiendo el proceso electoral establecido en la normativa interna que lo regula.

El CEB agradece la colaboración durante estos cinco años de consejeros, colaboradores, asociaciones e instituciones que se han integrado en el proyecto del CEB, centrado en la investigación, defensa y divulgación del patrimonio de la comarca de Calatayud.

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EL ARCHIVO DEL MONASTERIO BENEDICTINO DE CALATAYUD SE TRASLADA AL ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE HUESCA

Por Francisco Tobajas

El 16 de marzo de 2026, el Gobierno de Aragón y la Congregación monástica de Santa Hildegarda han formalizado un contrato de comodato, por cinco años prorrogables, destinado a garantizar la conservación, protección y difusión del Archivo del Monasterio de Santa Cruz de Jaca, que incluye documentos de San Juan de la Peña. También se formalizará otro comodato con el Archivo del Monasterio de San Benito de Zaragoza, que cuenta con los fondos del Monasterio de San Benito de Calatayud y del Monasterio de la Encarnación de Corella, Navarra, que se fusionaron en el citado monasterio benedictino de Zaragoza, actualmente sin religiosas.

            El comodato articula una fórmula jurídica que, manteniendo la titularidad de los Monasterios de Jaca y Zaragoza, facilita la conservación, el tratamiento archivístico y el acceso a la documentación.

El director del Archivo Histórico Provincial de Huesca, Juan José Generelo, aseguró que van a estar accesibles a finales de este mismo año, con un portal monográfico en Dara Aragón.

            El archivo del Monasterio de Santa Cruz de benitas de Jaca documenta la actividad del monasterio, fundado a comienzos del siglo XI en Santa Cruz de la Serós y trasladado a la ciudad de Jaca en 1555, sin ruptura institucional ni archivística. Su cronología se extiende desde el siglo XI hasta el siglo actual.

            Este fondo incluye documentos medievales en pergamino y otros de la época moderna y contemporánea, con documentación económica, patrimonial, jurisdiccional e  interna de la comunidad. Destaca un antifonario del siglo XII, sesenta pergaminos, entre los siglos X y XVII, y una serie muy completa de cartas de profesiones monásticas, desde el siglo XVI al actual.

            El fondo del Monasterio de San Juan de la Peña corresponde a la parte que, tras los procesos desamortizadores del siglo XIX, no se incorporó a los depósitos estatales y quedó bajo la custodia de la comunidad de benitas de Jaca. Su incorporación en comodato, permitirá completar las series conservadas en el Archivo Histórico Provincial de Huesca y en el Archivo Histórico Nacional.

El fondo de Calatayud conserva documentación desde el siglo XVI, con numerosos libros de gobierno interno, elecciones, profesiones, defunciones y una rica documentación económica y patrimonial.

El fondo de Corella documenta la vida del monasterio desde su fundación en 1669, hasta la época reciente, e incluye además documentación personal de especial interés histórico vinculada a sus protectores.

El 26 de julio de 1969 llegarían las primeras monjas de Calatayud al nuevo monasterio de Zaragoza, para adecentar las celdas. El 31 de julio siguiente se cerraría el Monasterio de Calatayud. Acompañaría a la comunidad su capellán Ildefonso Pardos. El 6 de julio de 1970 se vendería este monasterio benedictino bilbilitano.

En el fondo del monasterio de San Benito de Calatayud se echa en falta el libro primero, que recogía la fundación de este monasterio. Cuenta con otros libros con las elecciones de abadesas desde 1515, las donaciones, rentas, cabreos de censales, tomas de hábitos y profesiones, con otros libros de contabilidad.

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